Secretaría del Bienestar

Dirección

Avenida Boulevard Bahía 301, entre Calle Rafael E. Melgar y Calle Emiliano Zapata, Colonia Centro, C.P. 77000, Chetumal, Quintana Roo, México; a través del número telefónico 983 28 504 76, de lunes a viernes, con horario de atención de 9:00 a 16:00 horas.

Obligaciones de Transparencia Comunes.

 

Artículo 75. Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público de manera permanente y actualizada de forma sencilla, precisa y entendible, en la Plataforma Nacional y en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

I. El marco normativo aplicable a los Sujetos Obligados, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, lineamientos y demás disposiciones jurídicas y administrativas.

II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada persona servidora pública y/o persona prestadora de servicios profesionales o integrante de los Sujetos Obligados, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

III. Las facultades de cada área.

IV. Las metas, objetivos e indicadores de las áreas de los Sujetos Obligados de conformidad con los programas operativos.

V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a sus funciones, deban establecer, así como los que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.

VI. El directorio de todas las personas servidoras públicas, a partir del nivel de jefatura de departamento o su equivalente o de menor nivel, cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento oficial asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.

VII. La remuneración bruta y neta de todas las personas servidoras públicas de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.

VIII. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.

IX. El número total de las plazas y del personal de base y de confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.

X. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de las personas prestadoras de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.

XI. La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de las personas servidoras públicas, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo con la normatividad aplicable.

XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.

XIII. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos, en los sistemas habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

XIV. Los programas, subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio. Así como el Padrón de personas beneficiarias.

XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

XVI. La información curricular, desde el nivel de jefatura de departamento o equivalente, hasta la persona titular del Sujeto Obligado.

XVII. El listado de personas servidoras públicas con sanciones administrativas firmes, especificando la causa de sanción y la disposición, de conformidad a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.

XVIII. Los servicios y trámites que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos en los sistemas habilitados para tal efecto, así como los tiempos de respuesta, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

XIX. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás disposiciones jurídicas aplicables.

XXII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.

XXIII. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.

XXIV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

XXV. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones

otorgados, especificando las personas titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social de la persona titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos, así como las clausuras, multas, suspensiones, revocaciones o cualquier procedimiento administrativo que se realice, con sus resoluciones emitidas en el mismo, especificando la falta administrativa, los procedimientos, el fundamento, vigencia, tipo, términos, condiciones y modificaciones.

XXVI. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberán contener.

XXVII. Los informes que generen de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

XXVIII. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones.

XXIX. Los informes de avances programáticos o presupuestales, balances generales y estado financiero.

XXX. El padrón de proveedores y contratistas en los sistemas habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

XXXI. Los convenios de coordinación y concertación con los sectores social y privado.

XXXII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.

XXXIII. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.

XXXIV. Las resoluciones que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

XXXV. Los mecanismos de participación ciudadana.

XXXVI. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

XXXVII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los Sujetos Obligados.

XXXVIII. Las evaluaciones y encuestas que hagan los Sujetos Obligados a programas financiados con recursos públicos.

XXXIX. Los estudios financiados con recursos públicos.

XLI. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de las personas responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino.

XLIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.

XLVII. Todo mecanismo de presentación directa de peticiones, opiniones, quejas, denuncias, o sugerencias.

XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la prevista en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo 76. Los Sujetos Obligados deberán informar a las Autoridades Garantes Estatales, según corresponda, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones del artículo anterior que les resultan aplicables para efecto de que dichas Autoridades Garantes Estatales las validen.

 Obligaciones comunes locales.

 Mecanismos de presentación directa de peticiones, opiniones, quejas.

 Obligaciones Específicas

 Artículo 77. Además de las obligaciones de transparencia común a que se refiere el Capítulo II del presente Título, los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo del Estado y de los Municipios deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información, en el ámbito de su competencia:

II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados.

I.- NORMATIVIDAD. II.- ESTRUCTURA ORGÁNICA. III.- FACULTADES. IV.- METAS Y OBJETIVOS. V.- INDICADORES. VI.- DIRECTORIO. VII. REMUNERACIONES. VIII.- VIÁTICOS Y GASTOS DE REPRESENTACIÓN. IX.- PLAZAS. X.- PERSONAL HONORARIOS. XI.- DECLARACIONES PATRIMONIALES. XII.- DOMICILIO UNIDAD DE TRANSPARENCIA. XIII.- CONVOCATORIAS A CONCURSOS. XIV.- PROGRAMAS SOCIALES Y PADRÓN DE BENEFICIARIOS. XV.- CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO. XVI. INFORMACIÓN CURRICULAR. XVII.- SANCIONES ADMINISTRATIVAS XVIII.- SERVICIOS Y TRÁMITES. XIX.- PRESUPUESTO ASIGNADO. XXII.- RESULTADO DE AUDÍTORIAS. XXIII.- RESULTADO DICTAMINACIÓN EDOS. FINANCIEROS. XXIV.- PERSONAS QUE USAN REC. PÚBLICOS. XXV.- CONTRATOS. XXVI.- RESULTADO PROCEDIMIENTOS ADJUDICACIÓN DIRECTA, LICITACIONES E INVITACIÓN RESTRINGIDA. XXVI.- INFORMES. XXVIII.- ESTADÍSTICAS. XXIX.- INFORMES PRESUPUESTALES. XXX.- PADRÓN PROVEEDORES. XXXI.- CONVENIOS. XXXIII. RECOMENDACIONES EMITIDAS.  XXXIV. RESOLUCIONES Y LAUDOS. XXXV. MECANISMOS PARTICIPACIÓN CIUDADANA. XXXVI. PROGRAMAS QUE OFRECEN.  XXXVII. ACTAS Y RESOLUCIONES COMITÉ TRANSPARENCIA. XXXVIII. EVALUACIONES Y ENCUESTAS. XXXIX. ESTUDIOS FINANCIADOS.  XLI. INGRESOS RECIBIDOS.  XLIII. CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN DOCUMENTAL Y GUÍA DOCUMENTAL. XLVIII.- INFORMACIÓN DE INTERÉS. ULT.P  TABLAS DE APLICABILIDAD Y DE ACTUALIZACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.


LOCAL.    NOMBRE CON FOTOGRAFÍA DE PERSONAS INSPECTORAS. LOCAL.   MECANISMOS DE PRESENTACIÓN DIRECTA DE PETICIONES, OPINIONES Y QUEJAS.


ESPECIFÍCA II.    PRESUPUESTO DE EGRESOS Y FORMULAS.